Áreas de Práctica

Los Asociados de la Ley de Limón de California representan a consumidores de California que tienen reclamos de ley para nuevos y también para vehículos usados comprados o alquilados en California. Específicamente bajo la «Song-Beverly Acta de Garantía,» (Ley de limón de California) un «vehiculo» esta asignado de acuerdo con teniendo una cantidad de peso bajo de 10,000 libras, o el chasis, cabina de chasis, y esa porción del autocaravana dedicada a su propulsión. Las motocicletas también califican si están registradas como «legalmente para la calle».

También representamos clientes que tienen otros bienes del consumidor que califican como limones. Estos bienes incluyen remolque (5 a llanta o enganche), y barcos motorizados.

Frecuentemente, los clientes prospectivos quieren saber si sus vehículos o bienes del consumidor califican para tratamiento de «ley de limón.» Los Asociados de la Ley de Limón de California toman gran variedad de casos de nuevos usados y vehículos recreacionales para reclamos de la ley de limón contra el fabricante.

Otros Vehiculos Recreacionales

La ley de limón de California es aplicable no más si tu vehículo fue comprado o alquilado en California. Si compraste o alquilaste un vehículo o un bien del consumidor fuera de California, debes contactar una firma de abogado licenciada para practicar en ese estado donde el vehículo o bien del consumidor fue comprado.

Nuestra firma practica la Ley de Limón de California exclusivamente. Nosotros damos a nuestros clientes una representación agresiva que si da resultado. También tomamos el tiempo para dar a cada cliente el cuidado individual que el o ella merece. Nunca va ser tratado como un número cuando nos escoge como su Abogado de la Ley de Limón de California.

Si alguien tiene pregunta si tu vehículo o bien del consumidor califica como un limón, llámanos al 788-955-3666. Nunca le cobramos a nuestros clientes nada.